22 sept 2013

DEFORESTACION CERO EN REGION ORIENTAL



MAL LLAMADA LEY DE DEFORESTACIÓN CERO SIGUE TAN CANTANTE POR CINCO (5) AÑOS MÁS

ING. AGRO. (Mc.S.) ALFREDO SILVIO MOLINAS MALDONADO

El Senado aprobó una ley que amplía hasta el 31 de Diciembre de 2018 la prohibición de la explotación de los bosques en la denominada Región Oriental del país, es importante hacer un poco de historia para conocer realmente como nace la ley de deforestación cero cuales fueron las potencialidades y cuáles fueron sus debilidades durante estos ocho (8) años de su vigencia.

En la Secretaria del Ambiente (SEAM) en mayo del 2004 en cuanto eso el Presidente Nicanor Duarte realiza un golpe de timón en el liderazgo de dicha institución nombrando como Ministro Secretario de la Secretaria del Ambiente (SEAM) al Ing. Agro. (M.Sc.) Alfredo Silvio Molinas Maldonado acordando como estrategia de gestión Política la Defensa de los Recursos Naturales y  Medio Ambiente como mandato imperativo del Gobierno vigente.

Entre los principales problemas ambientales se encontraba la tasa de deforestación en la Región Oriental del Paraguay, donde la propia FAO publicada en su momento una tasa de deforestación de 140.000 a 180.000 Has/año en el 2004, ocupando el Paraguay el segundo lugar en deforestación luego de Haití en América Latina y el Caribe, ante esta preocupante realidad Alfredo Silvio Molinas Maldonado con asesoramiento directo del Director Ejecutivo del Proyecto Paraguay Silvestre (SEAM/PNUD) el Ing. Agro. Oscar Ferreiro se escribe el ante proyecto de Ley que Prohíbe el cambio del Uso de Suelo con Bosques para Uso Agrícola o Pecuario que se conoce hasta hoy como Ley de Deforestación Cero.

Otro de los actores claves en el diseño del anteproyecto de Ley fue el Ing. Agro. Héctor Cristaldo Presidente de la Coordinadora Agrícola del Paraguay (CAP) que incorpora al proyecto de Ley que las tierras con bosques nativos en la Región Oriental no podrán ser utilizadas para la Reforma Agraria y propone la firma de un acuerdo entre el sector público y privado para su cumplimiento a cabalidad. 

El Poder Ejecutivo por solicitud de la Secretaria del Ambiente (SEAM) envía la solicitud de estudiar y aprobar la denominada Ley de Deforestación Cero para la Región Oriental del Paraguay y en un periodo de tiempo de casi seis (6) meses  en diciembre del 2005 se promulga por primera vez la mal llamada Ley Nº 2425/05 de Deforestación Cero por un periodo de dos (2), donde los Congresistas incorporan un articulo condicionando su vigencia nuevo de los 90 días de su promulgación siempre y cuando se cumpla en inventariar los Planes de Uso y Manejo Forestal y presentar al Congreso en ese periodo de 90 días para la ley siga vigente.

En este periodo de ajuste y debate en el Congreso de seis (6) meses antes su promulgación ocurrieron situaciones muy llamativas como las ONGs ambientalistas como IDEA y la Fundación Guyra Paraguay que desde un principios apoyaron y acompañaron la iniciativa mientras que otro grupo de ONGs ambientalistas se acercaron en compañía de la asesoría de la vicepresidencia de la República en su momento dudando en acompañar esta audaz iniciativa de la Secretaria del Ambiente (SEAM) y el poder ejecutivo de la nación en su momento por el propio presidente de la República del Paraguay.        

Cumplido la Secretaria del Ambiente (SEAM) con el apoyo de las ONGs Ambientalistas como IDEA, Guyra Paraguay, WWF Paraguay y el entonces Servicio Forestal Nacional (SFN) a los 88 días de la promulgación de la Ley se presenta el inventario de planes de uso y manejo forestal presentados y aprobados legalmente ante el Servicio Forestal nacional (SFN) cumplimento a plenitud el requisito y entra en vigencia la audaz de Deforestación Cero por primera vez en el Paraguay e inclusive en América Latina y el Caribe.

“La Ley 2524/04 promulgada a finales del 2004 que determina la “Prohibición en la Región Oriental de las Actividades de Transformación y Conversión de Superficies con Cobertura de Bosques”,  ha permitido que las unidades productivas de pequeña y gran escala aprovechen sus recursos naturales sin utilizar aquellos espacios territoriales con cobertura boscosas nativas. Antes de la vigencia de esta Ley, mal denominada de deforestación cero, la tasa de deforestación era de 130.000 ha/año, la que, luego de su promulgación y puesta en vigencia, disminuyó en un 85%”.

Para lograr el éxito total de la aplicación de Ley de Deforestación Cero se firmo un acuerdo denominado Pacto Social donde los representantes de la sociedad civil y especialmente aquellos gremios de la producción e industriales que poseen aun en sus unidades productivas bosque nativos y utilizan la madera como materia prima se comprometían en dar cumplimiento a la ley, el Estado en controlar el cumplimiento estricto sobre aquellos que incumplan la ley las ONGs ambientalistas a parte contribuir con el control de la ley buscar los mecanismos a nivel internacional en valorar y remunerar el remante de bosque nativo para su conservación.

Las principales POTENCIALIDADES de la aplicación de la Ley de Deforestación Cero que pudo detectarse y se describe a continuación fueron:

1.- La posibilidad cierta que organismos del Gobierno como la Secretaria del Ambiente (SEAM) y el Instituto Forestal Nacional (INFONA) no estén obligados a autorizar legalmente desmostes o desforestaciones a expensas del bosque nativo en la Región Oriental del Paraguay.

2.- El cumplimiento de parte de los asociados de los gremios de la producción en seguir produciendo en la agricultura y la ganadería en sus unidades productivas de la Región Oriental del Paraguay sin realizar cambios de uso de la tierras en sus tierras con cobertura boscosa nativa.

3.- El aprovechamiento mucho más racional del remante de bosques nativos para fines forestales obteniendo materia prima para las industrias e inclusive planes de manejo forestal para la produccion carbón vegetal y leña para cubrir la demanda de matiz energética en el Paraguay.

4.- Mayo inversión de parte de los productores en sus unidades productivas destinadas a la agricultura especialmente con tecnología y modernización mejorando sustancialmente su rendimiento y su rentabilidad, donde además incorporaron medidas prácticas de manejo y conservación de suelos como la siembra directa haciendo mucho sustentable a la agricultura paraguaya.

5.- Las unidades de producción pecuaria que tenían suelos de aptitud agrícolas destinadas a la producción ganadera por eficiencia fueron alquiladas o reconvertidas en uso agrícola con medidas y prácticas de manejo y conservación de los suelos. La ganadería emigro al chaco en parte y otros decidieron incorporar la producción por engorde intensivo.

6.- Durante este periodo de vigencias de la ley de Deforestación Cero el INDERT no ha realizado ninguna operación oficial y legal por el cual compraron tierras con bosque nativo para asentamientos humanos o para la reforma agraria integral.

7.- Los propietarios que conservaron sus bosques nativos no solo cumplieron con la Ley de deforestación Cero están la mayoría más que convencido de la importancia de conservar la masa boscosa y están entusiasmados y motivados en beneficiarse por la Ley de Servicios Ambientales  que está vigente desde el año 2007.    

Las principales DEBILIDADES de la aplicación de la Ley de Deforestación Cero que pudo detectarse y se describe a continuación fueron:

1.- Existen algunos escasos avivados que al margen de la Ley vienen deforestando en sus propiedades el remanente de bosque nativo utilizando la quema como principalmente mecanismo de desmonte y posterior siembra de cultivos o pastura haciendo desaparecer la cobertura vegetal y denunciando supuestamente que le quemaron el bosque.

2.- La quema ilegal de parcelas en los remantes de bosque nativos de unidades productivas especialmente en el Departamentos de San Pedro y Concepción para la siembra ilegal de Marihuana obligando a los propietarios denunciar los desmontes sobre hechos consumados.

3.- La creciente debilidad institucional en el control y castigo a los transgresores de la ley de deforestación cero por parte de la Secretaria del Ambiente (SEAM), Instituto Forestal Nacional (INFONA) y el Ministerio Público (MP) los últimos cinco (5) años permitiendo a que aquellos pocos transgresores de la esta ley no sean castigados como establece las leyes y la misma Constitución Nacional.

4.- Una fuerte desmotivación en aquellos propietarios que protegieron y conservaron sus bosques nativos en sus remanentes por que el Gobierno y especialmente las ONGs ambientalistas no pudieron más que valorar remunerar a los dueños de bosque nativos como se habrían comprometido en momento de firmar el Pacto Social.

5.- Los últimos acontecimientos ocurridos en la zona Norte especialmente el Departamento de Concepción y San Pedro donde el Ejército del Pueblo paraguayo (EPP) amenaza a aquellas propietarios con bosques nativos a que si limpian e ingresan al mismo están sentenciados a muerte como ocurrió con la familia del Señor Luis Listrón.

Finalmente quisiera hacer una reflexión sobre los desafíos a que enfrenta este marco legal que viene a prohibir los desmontes en la región Oriental del Paraguay y que todos aquellos que deseamos que este marco legal tenga verdaderamente el impacto deseado debemos superar y hacer que funcione.

1.- Valorar y remunerar a aquellos propietarios que poseen bosque nativos con el pago por servicios ambientales, con ello verdaderamente se estaría asegurando la conservación de los últimos bosques nativos de la Región oriental.

2.- La Secretaria del Ambiente (SEAM), el Instituto Forestal Nacional (INFONA) y el Ministerio Público (MP) deberán coordinar y liderar acción con otros organismos de control para poder castigar en forma ejemplar a aquellos que incumplen la Ley de Deforestación cero.

3.- Se deberá buscar los mecanismos legales y financieros que incentiven y promueva las plantaciones forestales con especies de rápido crecimiento que puedan de esa manera convertirse en los proveedores de la materia prima para las industrias forestales y como leña y carbón vegetal para cubrir la demanda creciente de energía vegetal para sacar presión a los bosques nativos en la Región oriental.

ANÁLISIS TÉCNICO SOBRE EIA EN EL PARAGUAY



UNA MIRADA RETROPECTIVA A 20 AÑOS DE LA VIGENCIA DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) EN EL PARAGUAY

ING. AGR. (Ms.C.) ALFREDO SILVIO MOLINAS 

Es incuestionable conceptualizar que la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay y en cualquier parte del mundo donde se utiliza es aplicada como una herramienta o instrumento de Gestión Ambiental en el país hace unos 20 años está instalado legal y legítimamente, es conocido que el proceso de integración de este instrumento de gestión ambiental se inicia con la Constitución Nacional de 1992 y su promulgación con la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay.
Es bueno de manera muy sintética describir el proceso integración y evolución de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay donde se establece que:

a).- A principio del 1993 que se propone y promulga legalmente la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay por medio de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, durante este periodo de administración de este marco legal se sustento en la aplicación de los mismos para las grandes obras especialmente las financiadas por organismos internacionales como el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), donde prácticamente sus préstamos aprobados por el parlamento para el país especialmente destinados su ejecución al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

La administración en este periodo de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto ambiental más bien se redujo a una exigencia propia de los entes de cooperación financiera como el Banco mundial (BM) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que para ser aprobados los diseños de proyectos presentados por el país ante estos entes internacionales deberían realizar los estudios de impactos ambientales como parte de los términos que exigen estos organismos de los préstamo internacionales y no necesariamente como parte de las exigencias a los términos de la Ley Nº 29/94 de Evaluación de Impacto Ambiental de nuestro país.

Es decir  en el periodo de 1993 a 1996 de la promulgación de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay se aplica básicamente a los proyectos que de alguna manera provenían de préstamos internacionales que desarrollaban procesos y estudios en su diseño como eran las obras viales (carreteras) y sanitarias (alcantarillados y plantas de tratamientos), pues es importante señalar que en ese periodo no existía especialistas en estudios de impacto ambiental ni siquiera catastrados como establecía la ley, además ni se dictaban cursos de especialización en los ámbitos académicos universitarios y mucho menos bibliografía disponibles para consultar y establecer los procesos y modelos de estudios de impacto ambiental en el Paraguay.

b).- A partir de 1996 la administración y aplicación de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental recibe un golpe de timón con la promulgación y puesta en vigencia del Decreto Nº 14.281/96 que reglamento el proceso administrativo de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, iniciándose el proceso obligatorio de adecuarse a esta ley sean planes, programas y proyecto en ejecución y a ser ejecutados tanto por el sector público y privado, estableciéndose claramente las normas técnicas y los procesamientos administrativos de la Evaluación de Impacto que relacionaban directamente a la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) como autoridad competente de administrar este marco legal y su decreto reglamentario hasta hoy  vigente.

La puesta en vigencia del Decreto Nº 14.281/96 que reglamenta la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, después de casi cuatro años de estar vigente la ley se establecía claramente los términos, normas técnicas y procedimientos administrativos de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay, pero es importante entender que para concluir y promulgar este Decreto se desarrollaron tres acciones estratégicas que consolidaron la reglamentación de la mejor manera como:

1.- En el ámbito académico universitario público y privado se promovió la planificación y el desarrollo de cursos de especialización en procesos y estudios técnicos de Evaluación de Impacto Ambiental, siempre adecuando y adoptando las experiencias internacionales pero orientadas a los procesos y realidades socioeconómicas del Paraguay;

2.- El apoyo técnico clave en este proceso fue la realizada por la Cooperación Técnica Alemana por medio de la GTZ, soporte fundamental por aportar con expertos internacionales y la capacitación de expertos nacionales a nivel nacional e internacional en la formulación y discusión del más alto nivel de las normas y los estudios de la evaluación del impacto ambiental en el Paraguay, elementos claves en el proceso de formulación del Decreto reglamentario de la ley en el país.

Esta agencia de cooperación técnica Alemana a parte de capacitar y formar a los primeros evaluadores de evaluación y estudios de impacto ambiental, contribuyó fuertemente en la formación de los contenidos programáticos de los primeros talleres, seminarios y cursos de especialización en Evaluación de Impacto Ambiental y además un instrumento clave como la promulgación del Manual de Evaluación de Impacto Ambiental para el Paraguay (MEVIA).

3.- La socialización del anteproyecto de Reglamentación de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental en los ámbitos de los sectores de la producción, la industria y en el ámbito académico universitario permitiendo no solo ajustar los términos, normas y los procesos administrativos del actual Decreto Nº14.281/96, sino además poner en conocimiento de los municipios, gobiernos departamentales y sociedad civil de este instrumento de gestión ambiental vigente y obligatorio para el Paraguay.

En su momento promulgado el Decreto Nº 14.281/96 de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) autoridad administrativa de este marco legal en coordinación con la Cooperación Técnica Alemana GTZ organizo la primera audiencia pública convocando a toda la sociedad civil privada, organismos públicos del Estado (MOPC, MAG, MIC, MP, Congreso Nacional y Otros) presentando el Decreto Nº 14.201/96 que reglamenta la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, el Manual de Evaluación de Impacto Ambiental para el Paraguay (MEVIA) y un Documento Técnico que caracterizaba ls situación de los recursos naturales del Paraguay y el aporte que podría generar este instrumento de gestión ambiental a esta realidad ambiental nacional.

c).- En el periodo de 1.996 al 2.000 que se crea la Secretaria del Ambiente (SEAM) y se convierte en la autoridad administrativa de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Nº14.281/96 en el Paraguay. En este periodo se promovió, difundió y aplico la Evaluación de Impacto Ambiental contribuyendo fuertemente en generar la voluntad política de la necesidad de elevar los temas ambientales y del uso racional de los recursos naturales productivos a un nivel de gestión política superior donde se promulga la Ley Nº1.561/00 que crea el Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM), el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) y la Secretaria del Ambiente (SEAM).

En este periodo de tiempo se vinieron ajustando y adecuando a la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental las unidades productivas agrícolas, pecuarias y de aprovechamiento forestal, así también industrias de todo tipo, como también los silos, los puertos, los aserraderos, las aperturas y las mejoras de carreteras, las explotaciones de mineras, las  estaciones de servicios etc., así también se vinieron desarrollados cursos de especialización y maestrías en evaluación de impacto ambiental en las universidades, capacitaciones puntuales a gobiernos municipales y departamentales en la administración y aplicación de la evaluación de impacto ambiental.

Una fuerte debilidad en este proceso de consolidación de este periodo de la evaluación de impacto ambiental en el Paraguay fue que la autoridad administrativa la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) administraba un marco legal superior al marco legal que regulaba el accionar del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), por tanto limitaba su gestión siendo uno de los principales detonantes para consolidar la necesidad de crear un órgano superior como es actualmente la Secretaria del Ambiente (SEAM).

d).- Periodo del 2000 al 2003 y parte del 2004 la Evaluación de Impacto ambiental en el Paraguay sufre una retracción en el proceso de consolidación, debido a la creación de la Secretaria del Ambiente (SEAM) que entra en una serie de cambios sucesivos de sus Ministros Secretarios y asociado además al cambio de gobierno, donde el tema ambiental en el país se debilita como política y finalmente repercute en la consolidación de la Evaluación de Impacto Ambiental aflorando principalmente los problemas de extorción y corrupción como principales elementos en el proceso en la Evaluación de Impacto Ambiental debilitando su administración y aplicación en este proceso.

e).- En el periodo del 2004 al 2008 la Secretaria del Ambiente (SEAM) se estabiliza logrando un fuerte liderazgo con el apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), donde se formula ajusta y promulga la Política Ambiental Nacional (PAN/2005) convirtiendo a la Evaluación de Impacto Ambiental en el principal instrumento u herramienta de gestión ambiental en el Paraguay, donde el sector público y privado se relacionan y pueden sus actividades por medio de procesos claros adecuar sus acciones y actividades en el aprovechamiento de los recursos naturales a hacerlos mucho más sostenibles.

Estabilizado la Secretaria del Ambiente (SEAM) permitió establecer criterios y conceptos claros por sustentarse la administración de la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Nº 14.281/96 que reglamenta la misma y con base técnica del Manual de Evaluación de Impacto Ambiental (MEVIA) del Paraguay que había sido promulgado en el año 1996 con el Decreto Nº 14.281/96 para el efecto, documento técnico formulado con ayuda de la Cooperación Técnica Alemana GTZ para justamente conjugar los conceptos, definiciones y principios de la gestión ambiental en el marco de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay.

Durante este periodo de acción se desarrollaron procesos internos claros y precisos de cómo una vez presentado documentos técnicos y administrativos ante la Secretaria del Ambiente (SEAM) lo procesan, estableciendo adecuadamente los plazos y conceptos técnicos, administrativos y legales para el manejo de los mismos, se promovió el proceso de descentralización de la gestión ambiental a las gobernaciones y los municipio por medio de la Evaluación de Impacto Ambiental y además se estableció alianzas estratégicas con las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs( ambientalista, universidades públicas y privadas en la capacitación de actualización de los técnicos y la misma autoridades de los Ministerios, Congreso Nacional, municipios y gobernaciones en la aplicación y administración la Evaluación de Impacto Ambiental.

e).- El periodo 2008 a 2013 en la consolidación de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay es para olvidar, pues la Secretaria del Ambiente (SEAM) olvida y abandona su roll y especialmente la Política Ambiental Nacional (PAN), prevalecieron los temas ideológicos y convirtieron a la Ley y el Decreto de la Evaluación de Impacto Ambiental del Paraguay en un instrumento de extorción, aflorando la corrupción especialmente generado traba para los emprendimientos y actividades de desarrollo económico y social de nuestro país.

Las autoridades que lideraron la administración de la Secretaria del Ambiente (SEAM) en conocimiento y consientes utilizaron a la institución responsable de administrar la Evaluación de Impacto Ambiental para trabar, extorsionar y complicar a todos y cada uno de los interesados en adecuarse o renovar sus permisos y licencias ambientales, personas o entidades jurídicas sufrían el calvario generando los peores conceptos sobre esta herramienta de gestión ambiental, siendo que esta herramienta era la principal herramienta de gestión ambiental en el marco de la Política Ambiental Nacional (PAN) del Paraguay.

No podemos dejar de señalar que esta situación estuvo asociada a un alejamiento total de la autoridad ambiental la Secretaria del Ambiente (SEAM) para con los sectores aliados estratégicos como las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) ambientalistas, universidades públicas y privadas, los gremios de la producción y las industrias, por ello la falta de aplicar la Política Ambiental Nacional (PAN) que estuvo abandonado y cajoneado en este periodo trajo como consecuencia el deterioro del proceso de consolidación e inclusive el retroceso en la administración de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay, por ello esta situación nos obliga a calificar este periodo como para el OLVIDO.  

Actualmente a principios de este nuevo Gobierno del 15 de Agosto del 2013 que nace con un eslogan denominado NUEVO RUMBO la aplicación y ejecución de los procesos de administración de la Ley Nº 294/93  de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Nº 14.281/96, se caracteriza por una engorrosa burocracia, con una errónea interpretación de los organismos responsable de su administración en el alcance de esta herramienta de gestión ambiental, contribuyendo a inundar la burocracia estatal con expedientes que reciben poca o ninguna atención, resultando este hecho en frustración del desarrollo de proyectos que contribuirían al desarrollo socio económico de nuestra nación.

Tanto la sociedad civil o sector privado así como instituciones del sector público afectado por la Ley Ley Nº 294/93  de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Nº 14.281/96 en coordinación con la Secretaria del Ambiente (SEAM) y especialmente en este NUEVO RUMBO tienen la obligación de encontrar los mecanismos técnicos y administrativos más eficientes y eficaces que permitan asegurar la superación de la engorrosa burocracia que trae como consecuencia la impunidad, corrupción y especialmente extorción, arrastrando que esta única herramienta de gestión ambiental como es la Evaluación de Impacto Ambiental cuya visión y misión permite identificar en forma anticipada los efectos negativos y positivos que los planes, programas y proyectos pueden generar sobre el ambiente, y cuantifica y propone las medidas correctivas, mitigadoras o compensatorias necesarias para evitar o disminuir los daños ambientales previstos y optimar los impactos positivos.

Nuestra recomendación a todo este proceso de consolidación de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay en este NUEVO RUMBO es desarrollar un proceso ampliamente participativo orientado a la preparación, consulta, e implantación de una Estrategia para la Creación de un Sistema Único Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental que básicamente recoja las potencialidades y debilidades de este proceso de consolidación buscando la protección ambiental y el fortalecimiento del marco legal y reglamentario, así como el fortalecimiento de las instituciones claves para establecer la base de apoyo a la instalación, puesta en marcha y administración del Sistema, el desarrollo de instrumentos metodológicos y procesales, que permitan lograr coherencia en su aplicación en los diferentes sectores y actividades y finalmente la creación de consensos amplios acerca de las bondades, compromisos y requerimientos del Sistema, y de incentivos para la participación ciudadana.

Los objetivos de instalar un Sistema Único de Evaluación de Impacto Ambiental como estrategia de gestión ambiental se enmarcan en la POLÍTICA de lograr un Desarrollo Sustentable, pues esto se basa, primordialmente, en asegurar que las acciones sean ambientalmente satisfactorias, que las posibles consecuencias ambientales se detecten en la etapa inicial de las acciones humanas previstas y éstas se tengan en cuenta en la fase de diseño para hacerlas compatibles con el medio. Dentro de este contexto, la Evaluación de Impacto Ambiental debe entenderse como el proceso a través del cual la autoridad califica si una o un conjunto de acciones de desarrollo podrían ser o no compatibles con los mandatos establecidos en la Política y  en la Legislación Ambiental.

VISION DEL ING. ALFREDO MOLINAS PARA CON EL CHACO



REFLEXIÓN TÉCNICA SOBRE LA SITUACIÓN ESA REGIÓN DEL CHACO AFECTADO POR ESTE ANTE PROYECTO DE LEY COMO LA “CONSECUENCIAS DEL USO DE LA TIERRA EN LA REGIÓN OCCIDENTAL POR CAUSA DE LOS DESMONTES; LA DEFORESTACIÓN Y EL APROVECHAMIENTO POCO RACIONAL DEL PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi)”:

Datos de la Asociación Rural del Paraguay (ARP) publicas indican que en el Chaco existen unas 3.419.551,65 Has. de pastura implantada para la producción ganadera, esta condición de uso hace que este territorio de la Región Occidental la producción ganadera se convierta en una alternativa válida y complementaria para el desarrollo económico y social de nuestro país, en tanto que la misma publicación establece que la cobertura vegetal natural está principalmente representada por bosques xerófitos y de Quebracho ocupando unas 12.044.073 Has, matorrales y cerrados unas 973.529 Has, y como parques nacionales, reservas y comunidades indígenas unas 2.964.043 Has.
Para hablar de la cobertura vegetal nativa en el Chaco es importante señalar que las comunidades vegetales nativas están básicamente determinadas por las características fisiográficas que conformadas por el tipo planicie aluvional seca, con régimen de sequedad extrema en el noroeste y de ambientes fisiográficos con inundaciones periódicas hacia el este y sureste, es decir en esta región la disponibilidad de agua y de suelos son los determinantes en las formaciones y las coberturas vegetales nativas.
 
Considerando la situación del párrafo anterior en el bajo Chaco de la región, donde predominan suelos aluviales muy arcillosos que son modelados continuamente por los ríos que transportan y acumulan sedimentos hacen que se conforme una vegetación natural con presencia de palmares de karanda’y (Copernicia alba) e innumerables lagunas con gran variedad de aves acuáticas, vegetación generalmente herbácea localizada en lugares de topografía plana y/o valles afectados por aguas de inundación durante cierta época del año. Debido al suelo, con nivel freático superficial y de lento drenaje, la vegetación incluye la Copernicia australis (karanda’y), Schinopsis balansae (quebracho colorado), especies del género Prosopis (algarrobos) y Tabebuia nodosa (labón).
En el Alto Chaco, los suelos son secos y muy arenosos, sensibles a ser transportados por acción del viento predomina una vegetación de bosques espinosos adaptados a largos periodos de sequía en un clima semiárido (matorral xerofítico), mientras que en el Chaco Seco son comunes los bosques de quebracho colorado (Shcinopsis balansae),  la presencia del samu-ú (Ceiba insignis) y del PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi).
Esta vegetación natural que mantiene  al PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi) presenta suelos que sufren degradaciones a consecuencia de los vientos predominantes, especialmente cuando la topografía es de fisiografía plana asociada especialmente a los cambios en el Uso de la Tierra donde la deforestación se realiza fuera de la ley y sin criterios técnicos, que facilita la incidencia del viento sobre los suelos, que son particularmente vulnerables los suelos arenosos y muy polvorientos, y en algunos casos se forman médanos.
Luego de haber planteado la situación sobre el potencial y las debilidades de los recursos naturales del Chaco Paraguayo, quisiéramos poner en contexto algunos criterios del carácter técnico como:
DEFORESTACIÓN: entiende por deforestación a la tala raza de la cobertura vegetal nativa de las formaciones arbóreas para dedicar el espacio resultante a fines agrícolas, ganadero o de otro tipo, esta concepción no tiene en cuenta ni la pérdida de superficie vegetativa por el desmonte parcial, ni el entresacado selectivo de maderas, ni cualquier otra forma de degradación.
La DEFORESTACIÓN es una actividad que se realiza en la Región Occidental fuera del marco legal ambiental vigente, además esta actividad ilegal está tipificado como un delito ecológico convirtiéndose en una práctica irracional sin ningún tipo de criterio técnico y mucho menos científico acarreando problemas de degradación del suelo debido a la erosión, pérdida del hábitat de la vida silvestre, pérdida de la biodiversidad y la alteración del ciclo del agua.de la biodiversidad.
DESMONTES: es una actividad incorporada en los sistemas de producción ganaderos de la Región Occidental, como producto de los Planes de Uso de la Tierra contemplados y exigidos en el marco legal (Ley Nº 422/73 Forestal y Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental) ambiental vigente. Los Planes de Uso de la Tierra son el resultado de estudios técnicos focalizados en el proyecto con base a datos científicos de la región que determinen el potencial de los recursos naturales planificando y proponiendo el uso, maneo y aprovechamiento racional de los mismos.
Los DESMONTES son actividades de tala raza en determinado espacios territoriales de las unidades productivas pecuarias del Chaco donde el potencial de la biodiversidad forestal no califican para su conservación para uso racional, importante señalar que cualquier actividad pecuaria, con este criterio es importante señalar que los productores, son consientes de  que al adquirir tierras en el Chaco e iniciar la inversión en sus nuevas unidades productivas, en respeto a las normativas legales vigentes, el 50% del área debe quedar bajo cobertura vegetal nativa, corriendo a cuenta de los mismos, la inversión o pago para proteger la biodiversidad nacional.  
Revelando la situación de la debilidades y potenciales de los recursos naturales productivos del Chaco Paraguayo, así como la preocupación más mediática y real que afecta a la región como el impacto de convertir las áreas de cobertura vegetal nativas en potreros de pasturas para el uso ganadero, actualmente en la mayoría de los casos estos desmontes en el marco del cambio del uso de la tierra están aprobadas en el marco legal ambiental vigente, debido a que esta cambio del uso de la tierra se ejecuta con fines productivos pecuarios.
Es bueno manifestar que aquellos propietarios de unidades productivas que ejecutan la tala raza en aquellas coberturas vegetales nativas fuera del marco de las leyes ambientales vigente y sin ningún criterio técnico de planificación y prácticamente sin base científica incurren en el concepto de DEFORESTACIÓN deben las autoridades públicas responsables trabajar en forma coordinada para aplicarle el peso de las leyes ambientales vigentes que transgreden de manera ejemplar para parar de una vez por todas esta impunidad que aun reina en la Región Occidental.
Si bien la mayoría de las talas razas consideras DESMONTES como actividades de los Planes de Uso de la Tierra aprobados legalmente donde se realiza el cambio del uso del suelo con cobertura vegetal para implantar pasturas los estudios técnicos que sustentan estos Planes de Uso de la Tierra para cada una de la unidades productivas incorporan los inventarios forestales para aquellos sitios de sus unidades productivas con cobertura vegetal nativas conocidas como el bosque nativo chaqueño que deberían haber sido utilizados para que sean identificados y destinados para la conservación y el cambio del uso de suelo para uso pecuario en el cumplimiento de la leyes ambientales vigentes.
Lo cierto y lo concreto es que estos inventarios forestales si bien carecen de sustento técnico por los métodos utilizados o por más bien que se ejecuten no tienen el peso necesario en el proceso de planificación para decidir cuales serian los sitios que según su riqueza en biodiversidad en productos maderables y otros usos se destine para la conservación u se aplique los cambios de uso del suelo para la implantación de las pasturas en las unidades productivas pecuarias de los Planes Uso de la Tierra para la Región Occidental.
Tanto los procesos de DEFORESTACIÓN  y la ejecución de los DESMONTES en la aplicación de los Planes de Uso de la Tierras aprobados legalmente pero sin aplicar los resultados de los inventarios forestales para definir en los procesos de planificación la conservación de la unidades de cobertura vegetal nativa en el Chaco paraguayo son actualmente los verdaderos problemas del uso poco sustentable de los recursos forestales Chaqueños y la biodiversidad nativa.
En este proceso de degradación de los recursos forestales Chaqueño la falta de infraestructura, así como el desarrollo investigativo sobre los usos maderables de los arboles chaqueños y sus potenciales mercados, pero esta situación no más que una decisión política ha desarrollar, pero actualmente los engorrosos y extorsivos procesos burocráticos administrativos para aprovechar especies maderables de reconocidos usos y mercados asegurado nacional e internacional, como una de los arboles más preciados como el PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi) que actualmente en los procesos de DESFORESTACIÓN y DESMONTES terminan siempre quemados en las unidades productivas de la Región Occidental del Paraguay.
La Fundación Guyra Paraguay en un estudio realizado y publicado en el 2012 denuncio que el PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi) al igual que muchos otros elementos de la flora y fauna, con un valor concreto en el mercado está siendo “tirado a la basura”, excepto algunos usos para postes o artesanía, el resto se junta y se quema. El mismo estudio hecho por esta prestigiosa fundación muestra que sólo la quema por las actividades de la DESMONTES productos de los Planes de Uso de la Tierras aprobados legalmente significó en una año la pérdida en valor de madera de palo santo de 48.000.000 US$, señalando que en la actualidad no hay muchos países que puedan darse ese lujo con esta apreciada madera Chaqueña.
No solo queremos plantear uso pecuario adecuado con sus impactos económicos y sociales son altamente significativos, así como impactos con efectos altamente negativos por consecuencias directas señaladas en los procesos de DEFORESTACIÓN y DESMONTES en la Región Occidental, sino además cuales serían algunos delineamientos de las políticas públicas que contribuirían erradicar las DEFORESTACIÓNES y a que en las unidades productivas pecuarias se identifique y conserve aquellos sitios en los Planes de Uso de la Tierra con mayor riqueza forestal y biodiversidad.
Entre las recomendaciones que planteamos podemos citar:
1.- Montar un sistema de monitoreo y control de la DEFORESTACIÖN en el marco de una alianza estratégica entre el sector público y privado (MP, SEAM, INFONA, Gobiernos Deparartametales y Municipales del Chaco, Cooperativas, ARP y ONGs Ambientalistas);
2.- Exigir la aplicación en el proceso de planificación de los Planes de Uso de la Tierra para que los inventarios forestales sean realizados con procesos metodológicos mejorados y además sean la base para identificar y seleccionar los sitios de conservación de la cobertura vegetal nativa para el cambio del uso de suelo para uso pecuario en sus unidades de producción;
3.- Se deberá establecer especificaciones técnicas ambientales para que en aquellos sitos destinados para la conservación según el inventario de su riqueza forestal puedan ser aprovechados en forma sustentable y especialmente manteniendo los servicios ambientales ecosistémicos en las unidades productivas pecuarias;
4.- En aquellas unidades productivas pecuarias cuyo sitios según los estudios de suelos y el inventario de las riqueza forestal son destinadas para los DESMONTES en los Planes de Uso de la Tierra aprobados legalmente deberán comprometerse en la aplicación de sistemas de desmontes que aseguren a aplicación de sistemas silvopatoriles y se erradique en definitiva la quema como práctica complementarias a los DESMONTES;
5.- En el Alto Chaco, donde predomina una vegetación de bosques espinosos adaptados a largos periodos de sequía con bosques de quebracho colorado (Shcinopsis balansae),  la presencia del samu-ú (Ceiba insignis) y del PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi), se deberá erradicar en definitiva la DEFORESTACIÓN y en los Planes de Uso de la Tierra el inventario de la riqueza forestal donde arroje como resultado alta riqueza de PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi) se deberá identificar y seleccionar preferentemente como los sitios para la conservación de la reserva de bosque nativos como exigen las leyes ambientales vigentes;
6.- En aquellas unidades productivas de la Región Occidental del Alto Chaco que predomina bosques con PALO SANTO PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi) que poseen Planes de Uso de la Tierra aprobados legalmente y donde los sitios identificados para hacer el cambio del uso del suelo de cobertura vegetativa nativa a pasturas implantadas producto de los estudios de suelos y el inventarios de la riqueza forestal que son identificados y seleccionados deberán ser DESMONTADOS evitando en todo momento la tala raza y las quemas de arboles como el PALO SANTO PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi); y
7.- Se deberá necesariamente buscar los mecanismos estratégicos legales y institucionales para que aquellos productores dueños de unidades productivas de la Región Occidental con Planes de Uso de la Tierra aprobados legalmente e interesados en el aprovechamiento de la riqueza forestal de arboles maderables como el PALOS SANTO PALO SANTO (Bulnesia sarmientoi) y otros árboles de potencial comercialización tengan los incentivos necesarios y procesos burocráticos abreviados y diferenciados que les motiven a evitar en todo momento que en los DESMONTES SE QUEMEN y asegure un aprovechamiento más racional de los mismos.
Finalmente urge la necesidad de cambiar las políticas sobre el aprovechamiento de los recursos naturales productivos del Chaco Paraguayo, estas recomendaciones de delineamientos técnicos, legales y institucionales  se deben profundizar e iniciar un proceso gradual de planificación y ejecución en una alianza público y privada de manera transparente y coherente con el objetivo superior de promover un verdadero desarrollo sostenido económicamente, sostenible socialmente y sustentable ambientalmente de la Región Occidental del Paraguay que representa el 60% del territorio nacional y tan solo vive el 3% de la población Paraguaya.

Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

Anuncio Ing. Alfredo Molinas